Sumergirse en el complejo mundo financiero, especialmente en lo que respecta a las percepciones por comprar dólares, puede generar incertidumbre.
Desde el año 2020, se estableció una percepción en concepto de impuesto a las ganancias para quienes realizan este tipo de transacciones. La confusión sobre los impuestos aplicables y los recuperables es comprensible.
En este artículo, explicaremos los detalles de las percepciones por compras de dólares y compras en moneda extranjera.
Exploraremos los porcentajes involucrados, identificaremos quiénes son elegibles para recuperar el impuesto y, lo más importante, te guiaremos en el proceso para solicitar a la AFIP la devolución de estas percepciones.
No te pierdas esta guía. ¡Continúa leyendo para aclarar todas tus dudas!
Contenidos de esta publicación
- ¿Qué percepciones se aplica a la compra de dólares o por compras en dólares?
- ¿Cuándo aplica la percepción?
- ¿Cuáles son las percepciones que se pueden recuperar?
- ¿Quiénes pueden solicitar la devolución de las percepciones por comprar dólares o por realizar compras en dólares?
- ¿Cuándo devuelve AFIP las percepciones?
- Requisitos para obtener la devolución de percepciones por compras en dólares.
- ¿Cómo pedirle a AFIP la devolución de las percepciones? Guía paso a paso.
- Tutorial paso a paso de cómo solicitar a la AFIP la devolución de las percepciones.
- Recomendación profesional.
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¿Qué percepciones se aplica a la compra de dólares o por compras en dólares?
Cuando nos adentramos en la adquisición de dólares, ya sea para atesoramiento o en compras con tarjetas en moneda extranjera, nos encontramos con un escenario de tres percepciones fiscales:
En primer lugar, la percepción en concepto de impuesto PAIS, actualmente al 30%, reduciéndose al 8% para servicios digitales.
Además, se aplica una percepción de impuesto a las ganancias del 30%, antes establecida en tasas del 35% y/o 45%.
Finalmente, hay una percepción del 25% en concepto de impuesto sobre bienes personales.
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¿Cuándo aplica la percepción?
La imposición de percepciones por la compra de dólares (o compras en dólares) abarca diversas transacciones financieras.
Aquellos que adquieran moneda extranjera para atesoramiento, realicen pagos internacionales mediante tarjetas de crédito o servicios prestados por no residentes, deberán cumplir con este impuesto.
Asimismo, la percepción se extiende a pagos de servicios turísticos y transporte internacional.
Desde la compra de dólares con fines de ahorro hasta transacciones en servicios digitales como Netflix y Spotify, cada operación especificada se encuentra sujeta a esta medida.
Comprender el momento en que esta percepción entra en vigencia resulta esencial para gestionar de manera informada las implicaciones fiscales asociadas a las transacciones internacionales.
¿Cuáles son las percepciones que se pueden recuperar?
Dentro del panorama de percepciones por comprar dólares, surge la pregunta crucial: ¿Cuáles de estos impuestos pueden ser recuperados?
En este contexto, es posible recuperar el impuesto del 35% y/o 45% (actualmente 30%) asociado al impuesto a las ganancias y el 25% correspondiente al impuesto a los bienes personales.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que el impuesto PAIS, establecido en un 30%, nunca es recuperable.
¿Quiénes pueden solicitar la devolución de las percepciones por comprar dólares o por realizar compras en dólares?
Podrán solicitar la devolución de las percepciones por comprar dólares o compras en dólares quienes estén comprendidos en los siguientes casos:
– No inscritos en el impuesto a las ganancias, ni les corresponda inscribirse.
– Inscritos en el impuesto a las ganancias, pero no en bienes personales, exclusivamente por percepciones bajo el código 219 (SICORE – Impto. S/ Bs Personales).
– No inscriptos en el Impuesto a los bienes personales, ni les corresponda inscribirse.
– Inscritos en el impuesto sobre los bienes personales, pero no en ganancias, exclusivamente por percepciones bajo el código 217 (SICORE – Impto. a las Ganancias).
– Trabajadores en relación de dependencia sin sufrir retenciones de impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
– Trabajadores en relación de dependencia, pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, les hayan realizado la percepción bajo el código 219 (SICORE – Impto. S/ Bs Personales).
– Si eres monotributista, podrás solicitar la devolución de los impuestos.
No recuperable: El impuesto PAIS, destinado a financiar programas de ANSES y PAMI, así como obras de vivienda social, prestaciones del PAMI y obras de infraestructura económica. Considerarlo un gasto invariable.
¿Cuándo devuelve AFIP las percepciones?
La devolución de percepciones por comprar dólares se solicita una vez culminado el año calendario en que se realizó la percepción.
Por ejemplo, en 2024, se puede pedir la devolución de las percepciones del año 2023. Este proceso está disponible en AFIP desde enero, a través del formulario de solicitud de devolución.
Sin embargo, solo pueden hacerlo aquellos que no estén obligados a pagar impuesto a las ganancias ni bienes personales.
La herramienta online permite gestionar la devolución de percepciones del 35% y 45% de ganancias, así como del 25% de bienes personales por compras en dólares o moneda extranjera con tarjeta.
Requisitos para obtener la devolución de percepciones por compras en dólares.
Para obtener la devolución de percepciones por comprar dólares, se requiere cumplir con ciertos requisitos fundamentales.
Primero, es necesario contar con CUIT y clave fiscal, siendo nivel 3 o superior.
Luego, se debe informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria destinada a recibir la devolución.
Además, es esencial tener establecido el Domicilio Fiscal Electrónico en el portal de AFIP.
Estos pasos aseguran una gestión efectiva y transparente del proceso de devolución, facilitando la comunicación y la transferencia de los montos correspondientes a aquellos que cumplen con los criterios establecidos.
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¿Cómo pedirle a AFIP la devolución de las percepciones? Guía paso a paso.
Solicitar la devolución de percepciones por comprar dólares a través de AFIP es un proceso fácil:
1. Ingresa al portal de AFIP en www.afip.gov.ar y selecciona “Ingresar con Clave Fiscal.”
2. Completa los campos con el CUIT y la Clave Fiscal del contribuyente.
Si no recordas la CLAVE FISCAL, te dejamos un articulo donde explicamos el paso a paso para recuperarla desde la app de Mi AFIP.
3. Busca el servicio “Devolución de percepciones.” Si no lo encuentras, utiliza el buscador en la parte superior del portal.
Dentro de este servicio, es posible observar y elegir las percepciones registradas mensualmente que han sido informadas por el agente de percepción.
4. Dentro del servicio, inicia la carga de las declaraciones juradas de cada periodo mensual, completando el formulario F.1746.
5. El sistema mostrará las percepciones informadas al organismo; presenta la declaración jurada.
Si necesitas solicitar la devolución por compras de dólares o moneda extranjera, consulta con un profesional aquí.
Recuerda que solo se puede solicitar la devolución con códigos 217 (Impuesto a las ganancias) o 219 (Impuesto sobre bienes personales).
Para percepciones no informadas, puedes cargarlas manualmente con respaldo documental, pero ten en cuenta que esto puede someter las solicitudes a fiscalización, generando demoras o incluso negativas definitivas a la devolución.
Si queres saber como hacer el seguimiento de las devoluciones, te dejamos otro articulo donde explicamos el paso a paso para saber cuándo vas a cobrarlas.
Tutorial paso a paso de cómo solicitar a la AFIP la devolución de las percepciones.
Recomendación profesional.
Es importante que todos los trámites y gestiones de AFIP, los hagas con el asesoramiento de un Contador Público, ya que puede que cometas errores. En Todo Para Monotributistas podemos ayudarte con nuestros servicios 100% online.
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