fbpx

Crédito a Tasa Cero (Todo lo que tenés que saber para solicitarlo)

Luego de varios cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, AFIP saca una nueva edición del crédito a tasa cero para brindar ayuda económica en el contexto de pandemia.

En esta oportunidad, los créditos solo estarán destinados a Monotributistas, pero con algunas restricciones.

Para poder acceder a este crédito, el pequeño contribuyente deberá cumplir con los requisitos y condiciones del Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitará a través de la página web de la AFIP.

Si te interesa saber si podés solicitar el crédito y que requisitos necesitas cumplir, te invitamos a que leas este articulo hasta el final.

Con similares características que en 2020 el Gobierno anunció el relanzamiento de los créditos a tasa 0% para monotributistas, de hasta $150.000 dependiendo de la categoría.

El sistema informará el monto máximo del crédito que depende de categoría de monotributo al 30 de junio (antes de la recategorización):

  • En Categoría “A”: hasta $90.000.
  • Categoría “B”: hasta $120.000.
  • Resto de las categorías: hasta $150.000.

Se puede consultar la reglamentación que lo respalda haciendo clic aquí.

Requisitos y condiciones para obtener el crédito a tasa cero.

Para acceder al crédito el pequeño contribuyente deberá:

  •  Estar adheridos al monotributo a la fecha de solicitud del crédito.
  •  Cumplir las condiciones establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
  • Percibir ingresos solo como monotributista. No percibir ingresos en relación de dependencia, ni jubilación.
  • No prestar servicios al Sector Público.
  • Veraz: No estar en situación 3, 4, 5 o 6 de la central de Deudores del BCRA.
  • Tampoco podrán comprar dólares ni operar con títulos públicos.

Condiciones de elegibilidad dispuestas por el Ministerio de Desarrollo Productivo:

- Inscripción en Monotributo:

Los solicitantes deberán estar inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) al día 31 de mayo de 2021 y mantenerse adheridos hasta el momento de solicitar el Crédito a Tasa Cero 2021.

- Facturación electrónica:

Podrán acceder al crédito cuando, considerando el promedio mensual de facturación electrónica del primer semestre del año 2021, se verifique que su facturación no sea superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría.

Para los contribuyentes inscriptos en la Categoría A, se tomará como límite la suma de $20.800.

Si se trata de un caso de inicio de actividades con posterioridad al día 1 de enero de 2021, se tomará el promedio de facturación desde la inscripción hasta el cierre del semestre.

- Cuando no se posea facturación electrónica:

Solo podrán acceder al crédito cuando el promedio mensual de compras del primer semestre del año 2021 sea inferior al 80 % de la suma que resulte de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.

Quienes estén inscriptos en la Categoría A, se tomará como límite la suma de $20.800.

En el caso de inicio de actividades con posterioridad al día 1 de enero de 2021, se tomará el 80 % de la suma que resulte de calcular 1,2 veces el promedio de operaciones de compras desde la inscripción hasta el cierre del semestre.

Topes de facturación y compras a tener en cuenta.

A continuación, dejamos un cuadro resumen con los topes de facturación y compras a tener en cuenta:

promedios facturación crédito tasa cero monotributistas

¿Quienes no podran acceder al crédito a tasa cero?

– No serán elegibles los solicitantes que perciban ingresos en Relación de Dependencia o ingresos derivados de Jubilaciones y/o Pensiones, ni Trabajadores Autónomos, considerando para todos los supuestos la información obrante al periodo fiscal 06/2021.

– Los sujetos que presten servicios al sector público nacional, provincial o municipal, debiendo considerarse al beneficiario incurso en tal situación cuando por lo menos el 70 % de su facturación electrónica del promedio mensual del primer semestre del año 2021 haya sido emitida a favor de jurisdicciones o entidades que integren dicho sector.

– Quienes esten adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) con situación crediticia 3, 4, 5 o 6, considerando la situación del solicitante al día 30 de junio de 2021.

Esta condición se podrá consultar en el Banco Central de la República Argentina.

– Si son sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que revisten la condición de sucesión indivisa.

– Por ultimo, los sujetos a los que se les hubiera ejecutado una garantía otorgada por el Fiduciario del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR) en el marco del beneficio acordado por el inciso c) del Artículo 2°del Decreto N° 332/20 y sus modificatorios.

Restricciones/ Limitaciones. Compra dólares. Inversiones.

Al igual que el año pasado, en esta oportunidad quienes accedan al crédito a tasa cero no podrán comprar dólares en el mercado de divisas ni operar con títulos públicos.

Por otro lado, hay quienes tenían la intención de hacerse del dinero del crédito para invertir en plazo fijo.

Pero lamentablemente esto no será posible ya que, el dinero será acreditado para su utilización en la tarjeta de crédito del contribuyente y no se puede extraer el efectivo.

La finalidad de estos créditos es inyectar dinero en la economía para fomentar el consumo y que los pequeños contribuyentes puedan comprar mercadería o recursos necesarios para poder trabajar en su negocio.

¿Quiénes pueden acceder al crédito a tasa cero? Beneficiarios y montos.

A diferencia del otorgado en 2020, el crédito a tasa cero está destinado en esta edición solamente a Monotributistas de todas las categorías, dejando fuera a los autónomos.

Podrán acceder al crédito todos aquellos monotributistas que cumplan con los requisitos y condiciones mencionados anteriormente en este articulo.

Fecha límite para solicitarlo. ¿Hasta cuándo hay tiempo para solicitarlo? ¿Cómo solicitarlo?

Los monotributistas podrán acceder al crédito a tasa cero hasta el día 31/12/2021.

El servicio para solicitar el crédito está ya disponible en el sitio web de la AFIP y figura como “Crédito a tasa cero”.

Servicio Crédito a tasa cero monotributo.

En caso de que no aparezca el servicio en la página principal, deberás agregarlo a través del “Administrador de relaciones”.

Te dejamos un enlace a otro artículo donde te preparamos una guía paso a paso para solicitar el crédito a tasa cero.

Montos límite del crédito tasa cero en función de categoría.

El monto máximo del crédito depende de la categoría de monotributo al 30 de junio (antes de la recategorización):

  • En Categoría “A”: hasta $90.000.
  • Categoría “B”: hasta $120.000.
  • Resto de las categorías: hasta $150.000.

Mientras que el monto mínimo que se podrá solicitar es a partir de los $10.000.- pesos.

Como y cuando se acredita el crédito tasa cero.

Los préstamos se acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista.

No se podrá retirar el dinero en efectivo. Para hacer uso del préstamo, se deberá utilizar la tarjeta de crédito en la que se recibió el dinero, en un único pago como si se estuviera utilizando una tarjeta de débito.

Como y cuando se realiza la devolución del crédito. Meses de gracia.

La devolución del crédito a tasa cero es en 12 cuotas sin interés y se contara con 6 meses de gracia. Es decir, se comenzará a pagar a partir del séptimo mes luego de haberlo solicitado.

El dinero a devolver deberá depositarse en la cuenta bancaria que esté vinculada con la tarjeta de crédito en la que se recibió el dinero, cumpliendo con las fechas de vencimiento de cada cuota respectivamente.

La fecha de vencimiento de cada cuota del crédito dependerá de la institución bancaria a la que pertenezca la tarjeta. Al momento de solicitar el crédito, se recomienda presentarse en el banco para obtener toda la información.

¿En qué se puede usar el crédito? ¿Qué se puede comprar? ¿Hasta cuándo hay tiempo para usarlo?

El crédito podrá utilizarse para pagar o comprar en cualquier negocio y/o rubro donde acepten pago con tarjeta de crédito, solo que en este caso se realizará en un solo pago como si fuera una tarjeta de débito.

Se puede utilizar para pagar varios productos o mercadería y en diferentes momentos, siempre que alcance para pagar el dinero restante del crédito disponible en la tarjeta.

El monotributista podrá usarla a partir de que reciba el dinero depositado en la tarjeta y no hay fecha límite para utilizarlo. Lo único que debe cumplir, es con la devolución del crédito en las 12 cuotas a partir del mes 7.

¿Qué pasa si no uso el crédito a tasa cero?

Una vez solicitado el crédito a tasa cero, recibirás el dinero en la tarjeta de crédito que tenes con la entidad bancaria que indicaste en la solicitud.

El dinero permanecerá en la tarjeta de crédito para que lo utilices. A partir del mes 7 comenzaran a correr los vencimientos para devolver la primera cuota de las 12.

En caso de no estar seguro que quieres el crédito, lo recomendable es que no lo solicites ya que, no es posible anular la solicitud una vez otorgado el crédito.

¿Qué pasa si no tengo tarjeta de crédito? ¿Puedo sacar el crédito a tasa cero sin tarjeta de crédito?

Efectivamente, se puede hacer el trámite de solicitud del crédito a tasa cero, aunque no se tenga tarjeta de crédito actualmente.

Cuando el monotributistas no posea una tarjeta de crédito a su nombre, la entidad bancaria seleccionada en el proceso de solicitud, enviara una tarjeta de crédito al domicilio del contribuyente.

Esta tarjeta de crédito estará vinculada a la cuenta bancaria que se posee en dicho banco.

¿Se toma el límite de compra de la tarjeta? ¿Se puede comprar en cuotas?

No corresponde tener en cuenta el límite de compra de la tarjeta de crédito para el uso del crédito a tasa cero, ya que se debe utilizar la tarjeta para pagar en un solo pago lo que se quiera comprar.

Si se utiliza la tarjeta de crédito para pagos en cuotas, no se estaría utilizando el dinero del crédito a tasa cero, sino que se estaría utilizando el crédito de la entidad bancaria que emitió dicha tarjeta de crédito.

¿Por qué es denegado el crédito a tasa cero?

El crédito a tasa cero será denegado en los casos en los que no se cumpla con los requisitos y condiciones anteriormente mencionados en este artículo para calificar para la solicitud.

Los motivos mas usuales que suelen presentarse, son:

  • el exceso de facturación que supera el tope limite para la categoría del contribuyente,
  • exceso de compras superior al tope limite en el caso de aquellos que no tienen facturas de ventas,
  • por ser jubilado,
  • estar en una situación crediticia de riesgo, entre otros.

Recomendación profesional.

Es importante que tengas el asesoramiento de un Contador Público.

En Todo Para Monotributistas podemos brindarte asesoramiento 100% online para que gestiones tu crédito a tasa cero.

Si luego de leer este articulo te siguen quedando dudas sobre el crédito a tasa cero para Monotributistas, te invitamos a dejar un comentario aquí abajo para que podamos ayudarte.

También podés realizar una consulta para que un contador del equipo te responda de forma personalizada.

Suscribite a nuestro Newsletter

¿Sos Monotributista o estas pensando en serlo?

Si sos monotributista y querés mantenerte actualizado de todas las novedades sobre monotributo e ingresos brutos, suscribite a nuestro newsletter. Te brindaremos herramientas e información util semanalmente para que mantengas tus números en orden.

¿Necesitas ayuda con tu monotributo? Consulta por nuestros servicios en el siguiente enlace: ¡Quiero hacer una consulta!

¿Te resulto útil esta información? Compártela con otros así podemos ayudar a mas personas.

Otros artículos que te pueden interesar:

Dejá un comentario

× Escribir solo para presupuesto de honorarios (No consultas gratis)