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Límites para hacer Facturas a consumidor final: Nuevos importes a partir de los cuales se deben informar los datos del cliente.

Los límites para hacer Facturas a consumidor final han sido actualizados.

A partir del 15 de julio del 2024, la AFIP ha modificado los importes que requieren la identificación del cliente.

Esta actualización se realiza semestralmente, basada en el IPC (Índice de Precios al Consumidor Nivel General) publicado por el INDEC.

En nuestro artículo, te contamos cuáles son los nuevos importes y cómo impactan en tu negocio.

Mantenete al tanto de los cambios en la facturación a consumidor final. ¡Segui leyendo para no perderte ningún detalle!

A partir de julio de 2024, los límites para hacer Facturas a consumidor final han cambiado. Al emitir facturas, es fundamental considerar los topes establecidos por la AFIP.

Si la transacción con consumidores finales alcanza o supera los $172.244 y el pago es en efectivo, es necesario identificar al cliente.

Además, cuando el monto es igual o mayor a $344.488 y se utiliza un medio electrónico autorizado por el BCRA, como tarjetas de débito o crédito, transferencias o billeteras virtuales, también se debe registrar la información del comprador.

Es importante tener en cuenta que, si se superan esos importes, el sistema de facturación de la AFIP no permitirá continuar para emitir la factura hasta completa el apartado de datos del cliente.

Límites para hacer Facturas a consumidor final: ¿Qué datos informar en la factura?

Cuando se superan los límites para hacer Facturas a consumidor final, es esencial informar ciertos datos del cliente. Esto asegura el cumplimiento de las regulaciones fiscales.

Para cumplir con estas normativas, se deben consignar los siguientes datos del cliente:

– Apellido y nombres
– Domicilio
– CUIT, CUIL o CDI
– Número de documento de identidad (LE, LC, DNI) o pasaporte en caso de ser extranjero

Estos elementos son vitales para asegurar una correcta identificación del comprador y cumplir con las exigencias de la AFIP.

Si queres profundizar más sobre como emitir una factura electrónia, en el siguiente artículo podes encontrar más información: “Cómo hacer una factura electrónica si sos monotributista“.

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¿Qué operaciones considera AFIP canceladas con medios electrónicos?

Al considerar los límites para hacer Facturas a consumidor final, es esencial entender qué operaciones se clasifican como canceladas con medios electrónicos según la AFIP.

En principio, en el sistema “Comprobantes en Línea”, la elección de ciertas condiciones de venta define la categoría de “Cobro electrónico”.

Las opciones que clasifican una transacción como realizada por medios electrónicos incluyen:

– Tarjeta de débito
– Tarjeta de crédito
– Cuenta corriente
– Cheque
– Tiquet

Estas formas de pago determinan la necesidad de identificar al cliente cuando la operación supera los $344.488.

Por lo tanto, es crucial comprender cómo cada método de pago afecta el cumplimiento normativo en la emisión de facturas a consumidor final.

Transferencias bancarias ¿Qué condición de venta elegir?

Al emitir facturas a consumidor final y cobrar mediante “transferencias bancarias” en el sistema “comprobantes en linea” no existe esa opción, por ello surgen algunas dudas sobre el tema. Tras consultar con la AFIP, hay dos soluciones viables.

Primero, podes elegir la opción “otra” en “condición de venta” y detallar que el pago fue mediante transferencia bancaria.

Sin embargo, esto tiene el inconveniente de un límite de $172.244 para informar los datos del cliente.

La segunda opción es seleccionar “Cuenta Corriente” para aplicar el límite correcto de $344.488 y aclarar en el comprobante que el pago se hizo mediante transferencia bancaria.

Esta opción permite cumplir con los límites para hacer Facturas a consumidor final de manera más adecuada.

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