Si bien hace ya un par de años que existe la normativa que establece la obligación de aceptar tarjetas de débito y tarjetas prepagas bancarias como medio de pago por parte de los Monotributistas, en esta oportunidad te queremos hablar más en detalle del tema.
Notamos que entre nuestros lectores y suscriptores que hay algunas dudas, es por eso que decidimos escribir este artículo para dar todas las respuestas.
Contenidos de esta publicación
¿Quiénes están obligados a aceptar pagos con tarjetas de débito?
Hace del 2018 que es obligatorio aceptar tarjeta de débito como medio de pago para quienes realicen en forma habitual la venta de bienes para consumo final, presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles.
Deben brindarles a los clientes la posibilidad de realizar las operaciones de pago a través de terminales POS.
No está permitido cobrar montos adicionales por pago con tarjeta de débito ni descuento por pago en efectivo en lugar de tarjetas. El pago con tarjeta de débito es equivalente al pago en efectivo, por lo tanto, no corresponde cobrar más caro el producto o servicio.
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¿Es obligatorio cobrar con tarjeta de débito?
Los comercios monotributistas y RI, deben aceptar el pago con tarjeta de débito cuando el monto de la compra es mayor a 100 pesos.
Para saber mas sobre algunas alternativas económicas para implementar el cobro con tarjetas de debito, te dejamos un enlace al articulo donde analizamos algunas opciones.
Si el comercio acepta el pago por medio de código QR, no está obligado a aceptar el pago con tarjeta de débito.
¿En qué casos el Monotributista no está obligado a aceptar el pago con tarjeta de débito?
El Monotributista no estará obligado cuando se encuentre en una localidad con menos de 10000 habitantes o cuando el monto de la compra sea menor a $100 pesos.
Tampoco estará obligado a aceptar tarjetas de débito, cuando el Monotributista acepte el sistema de pago por código QR (Código de respuesta rápida).
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¿Qué pasa si no cumplís con aceptar pagos con debito?
Los clientes del Monotributista podrán denunciar el negocio que no le acepto el pago con debito ante la AFIP haciendo el reclamo correspondiente.
De ocurrir esto, AFIP analizara y evaluara la situación. De corresponder aplicara sanciones al local que incumple con las normativas, que pueden ir desde multas importantes hasta clausuras de local.
Si luego de leer este articulo te siguen quedando dudas sobre esta normativa de AFIP, te invitamos a dejar un comentario aquí abajo para que podamos ayudarte.
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