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Nuevo plan de facilidades de pago de AFIP 2023.

¿Estás buscando una solución para regularizar tus deudas fiscales? ¡Tenemos buenas noticias! La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha lanzado un nuevo plan de facilidades de pago.

Si te preguntas qué es exactamente el plan de facilidades de pago de AFIP y cómo puede beneficiarte, estás en el lugar indicado.

En este artículo, te explicaremos en qué consiste este régimen, qué tipos de deudas podés regularizar, quiénes pueden acceder a él y cuándo estará habilitado para adherirse.

Descubrí cómo este plan puede brindarte la oportunidad de poner al día tus obligaciones fiscales. ¡Continúa leyendo para obtener todos los detalles!

La AFIP ha anunciado una importante novedad: la Resolución General 5361, publicada recientemente, establece un nuevo Plan de Facilidades de Pago.

Esta iniciativa brinda la oportunidad de regularizar deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2023.

Es importante destacar que el plan no implica la reducción total o parcial de los intereses resarcitorios y/o punitorios ni la liberación de sanciones correspondientes.

Este nuevo plan de facilidades de pago de AFIP surge como una opción para aquellos contribuyentes que buscan regularizar su situación fiscal y evitar posibles inconvenientes en el futuro.

Si tenés deudas fiscales acumuladas, este programa puede ser una excelente oportunidad para poner todo en orden.

A continuación, te explicaremos los detalles y requisitos para acceder al plan, así como los beneficios que puedes obtener al adherirte.

¿A partir de cuando se podrá adherir al plan de facilidades de pago?

Las condiciones del plan de facilidades de pago de AFIP ofrecen oportunidades para regularizar deudas pendientes de manera accesible y conveniente. Para adherirse a estos planes, estará disponible a partir del 29 de mayo de 2023, inclusive.

El proceso de adhesión al plan de facilidades de pago se lleva a cabo a través del sitio web de AFIP, específicamente a través del servicio “Mis Facilidades”.

Dentro de este servicio, encontrarás la opción correspondiente al “RG N° 5.361 – Plan de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30 de abril de 2023“. Allí podrás ingresar y comenzar el proceso de adhesión.

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¿Hasta cuando hay tiempo de adherir al plan de pago?

Si estás interesado en adherirte al Plan de Facilidades de Pago de AFIP, es importante que tengas en cuenta la fecha límite para hacerlo.

El plazo para acogerse a este régimen estará habilitado hasta el 29 de septiembre de 2023, inclusive.

Esto significa que tienes un plazo determinado para aprovechar esta opción y poner al día tus obligaciones fiscales, aduaneras y de seguridad social.

¿Qué deudas se podrán regularizar?

El nuevo régimen de facilidades de pago de AFIP permite regularizar diferentes tipos de deudas. Según lo establecido por la norma, podrás regularizar:

1. Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluyendo intereses y multas, vencidas hasta el 30 de abril de 2023.

2. Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación, y liquidaciones de dichos tributos vinculadas a procedimientos por infracciones formuladas hasta el 30 de abril de 2023, junto con sus intereses, de acuerdo con lo establecido en el Código Aduanero (Ley N° 22.415 y sus modificaciones).

Es importante destacar que la regularización a través de este régimen no implica una reducción de intereses ni la liberación de las sanciones correspondientes.

Sin embargo, te brinda la oportunidad de poner al día tus deudas y evitar posibles consecuencias futuras.

Aprovecha esta opción para regularizar tus obligaciones y mantener tu situación fiscal en orden.

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Conceptos que no se pueden incluir en el plan.

Dentro del régimen de facilidades de pago de AFIP, existen conceptos que no pueden incluirse para su regularización:

  • Retenciones y percepciones previsionales, excepto los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia.
  • Anticipos y/o pagos a cuenta.
  • Impuesto al valor agregado (IVA) por servicios realizados en el exterior con utilización o explotación efectiva en el país, por servicios digitales y por servicios realizados en el país por sujetos radicados en el exterior.
  • Aportes y contribuciones al Régimen Nacional de Obras Sociales, excepto los correspondientes a los contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
  • Cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
  • Aportes y contribuciones al régimen especial de seguridad social para empleados del servicio doméstico y trabajadores de casas particulares.
  • Cotizaciones fijas de trabajadores en relación de dependencia de sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
  • Aportes y contribuciones al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) y al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA).
  • Impuesto interno de cigarrillos y el impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos.
  • Cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
  • Importes fijos mensuales del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de la contribución sobre la actividad comercial, industrial y de servicios.
  • Obligaciones regularizadas a través de planes de facilidades de pago vigentes, a menos que resulten de un ajuste fiscal registrado en los sistemas de AFIP.
  • Obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago que hayan caducado desde la entrada en vigencia del régimen.
  • Tributos y/o multas derivadas de infracciones al artículo 488 del Régimen de Equipaje del Código Aduanero.
  • Intereses, multas y otros accesorios relacionados con los conceptos anteriores, excepto intereses sobre el capital cancelado de anticipos, pagos a cuenta, retenciones, percepciones y del impuesto al valor agregado mencionado.

Tipos de planes de pago disponibles.

Dentro del régimen de facilidades de pago de AFIP, se ofrecen diferentes tipos de planes para regularizar tus deudas. Estos planes se definen en función de la obligación que deseas regularizar.

A continuación, detallamos los tipos de planes disponibles:

  1. Plan por deuda general: Este plan abarca las deudas por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluyendo los aportes previsionales de trabajadores autónomos y del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Incluso si estas deudas se encuentran en gestión judicial, podrás incluirlas en este plan, junto con sus accesorios.
  2. Plan por deuda de aportes de la seguridad social: Este plan está destinado a la regularización de las deudas de aportes correspondientes a trabajadores en relación de dependencia. Incluso si la deuda se encuentra en gestión judicial, podrás incluirla en este plan, junto con sus accesorios.
  3. Plan por deuda de retenciones y percepciones impositivas: Este plan te permite regularizar las deudas derivadas de retenciones y percepciones impositivas. Incluso si estas deudas están en gestión judicial, podrás incluirlas en este plan, junto con sus accesorios.
  4. Plan por deuda aduanera: Este plan abarca las multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación, y liquidaciones de dichos tributos relacionadas con procedimientos por infracciones aduaneras. También podrás incluir los intereses correspondientes, según lo establecido en el Código Aduanero (Ley N° 22.415 y sus modificaciones).

Estos diferentes tipos de planes te brindan opciones específicas para regularizar tus deudas de acuerdo con la naturaleza de cada obligación.

Evalúa cuál es el plan que se ajusta mejor a tu situación y aprovecha las facilidades de pago de AFIP para poner al día tus obligaciones fiscales.

Condiciones del plan de facilidades de pago de AFIP.

El plan de facilidades de pago de AFIP ofrece condiciones específicas que debes tener en cuenta. A continuación, te detallo estas condiciones:

  1. Cuotas mensuales y consecutivas: Las cuotas del plan serán mensuales, iguales y consecutivas. El monto de cada cuota se calculará utilizando la fórmula disponible en el micrositio de AFIP llamado “Mis Facilidades”. Es importante mencionar que el monto mínimo de cada cuota será de $2,000.
  2. Cantidad máxima de cuotas: La cantidad máxima de cuotas permitidas dependerá del tipo de contribuyente y del tipo de plan al momento de la consolidación. Este límite será determinado en ese momento.
  3. Tasa de interés de financiación: La tasa de interés de financiación será calculada aplicando el 70%, 90% o 100% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente en el momento de consolidar el plan de facilidades de pago.
Plan de facilidades de pago de AFIP
  1. Fecha de consolidación de la deuda: La fecha de consolidación de la deuda será el día en que presentes el plan de facilidades de pago.
  2. Presentación y consolidación del plan: Una vez que hayas confeccionado el plan y determinado la cantidad de cuotas, deberás proceder a su presentación. Es en este momento que se considera consolidado el plan.
  3. Comunicación a través del domicilio fiscal electrónico: La presentación del plan será notificada y comunicada a través del domicilio fiscal electrónico. Es fundamental mantenerlo actualizado para recibir todas las notificaciones correspondientes.
  4. Intereses resarcitorios y punitorios: Los intereses resarcitorios y punitorios calculados por el sistema a partir de la inclusión de una obligación vencida hasta la fecha de adhesión no podrán ser modificados por el contribuyente.

Estas condiciones establecidas por AFIP te permiten tener claridad sobre el funcionamiento y los términos del plan de facilidades de pago.

Recuerda revisar y mantener actualizado tu domicilio fiscal electrónico para recibir toda la información relacionada con tu plan.

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Es importante que todos los trámites y gestiones de AFIP, los hagas con el asesoramiento de un Contador Público, ya que puede que cometas errores. En Todo Para Monotributistas podemos ayudarte con nuestros servicios 100% online.

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