Si sos un pequeño contribuyente en la ciudad autónoma de Buenos Aires, es importante que conozcas la Recategorización del régimen simplificado AGIP.
Esta es una obligación cuatrimestral que permite actualizar tu categoría en función de tu facturación y mantener tus obligaciones fiscales en orden. Pero ¿cómo realizar la Recategorización?
En este artículo te explicamos el paso a paso para realizarla de forma sencilla y rápida a través de la web de AGIP.
Seguí leyendo y asegúrate de cumplir con esta obligación en tiempo y forma.
Contenidos de esta publicación
- ¿Qué es la recategorización del régimen simplificado AGIP?
- Requisitos del Régimen Simplificado de AGIP.
- ¿Cuándo hacer la recategorización en AGIP?
- ¿Cuál es el plazo para realizar la recategorización?
- ¿Es obligatorio hacer la recategorización?
- ¿Qué pasa si no se hace la recategorización?
- ¿Se puede cambiar de categoría más de una vez al año?
- ¿Cuáles son las categorías del régimen simplificado de ingresos brutos de AGIP?
- ¿Cuándo hacer la recategorización del régimen simplificado AGIP?
- Recomendación profesional.
- Otros artículos que te pueden interesar
¿Qué es la recategorización del régimen simplificado AGIP?
La recategorización del régimen simplificado AGIP es un trámite que cada contribuyente debe realizar en caso de que alguno de los parámetros establecidos para su categoría se haya superado en los últimos doce meses.
Su objetivo es garantizar que cada contribuyente esté debidamente categorizado y que pague la cuota correspondiente al nivel de ingresos brutos, superficie afectada y energía eléctrica consumida de acuerdo a los valores establecidos en la tabla 2023.
El trámite se realiza de manera online a través de la página web de AGIP, y es importante que cada contribuyente revise los rangos establecidos para cada categoría y se asegure de estar correctamente incluido en la categoría correspondiente, ya que de lo contrario podría estar pagando un monto incorrecto de impuestos.
Es importante destacar que la Recategorización del régimen simplificado AGIP es un trámite cuatrimestral, por lo que los contribuyentes deben estar atentos a los plazos establecidos para realizar el trámite.
Requisitos del Régimen Simplificado de AGIP.
El Régimen Simplificado de AGIP está destinado a personas humanas y sociedades de hecho o comerciales irregulares con un máximo de tres socios, cuya actividad comercial se realiza exclusivamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para poder adherirse, es necesario que no superen ciertos parámetros:
– El ingreso total anual, que incluye lo gravado, lo no gravado y lo exento, no debe superar los $4.229.990,00.
– En el caso de la venta de cosas muebles, el precio unitario de venta no puede superar los $49.646,21.
– La superficie afectada no puede superar los 200 metros cuadrados.
– La energía consumida anualmente no puede superar los 20.000 kilowatts.
Es importante tener en cuenta que, en caso de superar alguno de estos parámetros, se deberá realizar la recategorización del régimen simplificado AGIP.
Por lo tanto, es fundamental que los contribuyentes revisen periódicamente si cumplen con los requisitos para permanecer en este régimen simplificado.
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¿Cuándo hacer la recategorización en AGIP?
La Recategorización del Régimen Simplificado AGIP es un trámite que se debe realizar sólo en caso de que se observe una modificación en alguno de los parámetros que permiten estar dentro del régimen.
Los parámetros a tener en cuenta son los ingresos gravados obtenidos, la energía eléctrica consumida, la superficie afectada y el precio unitario de venta.
En caso de que se supere alguno de estos límites, el contribuyente deberá pasar al régimen de Contribuyente Local, siempre y cuando su actividad se ejerza exclusivamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Es importante mencionar que la información declarada en la recategorización debe ser coherente con la informada a la AFIP.
¿Cuál es el plazo para realizar la recategorización?
La recategorización debe efectuarse 3 veces al año, en el mes de enero, mayo y septiembre, y los valores a considerar son los correspondientes a los últimos doce meses anteriores.
El plazo para realizar la recategorización en el mes de mayo es del 1 al 31 de mayo, en enero del 1 al 31 de enero y en septiembre del 1 al 30 de septiembre.
¿Es obligatorio hacer la recategorización?
La recategorización del régimen simplificado de AGIP es un trámite obligatorio sólo en caso de haberse superado alguno de los parámetros que habilitan a estar dentro del régimen.
En caso de que se detecte una modificación en alguno de los parámetros (ingresos gravados, la superficie afectada, el consumo de energía eléctrica y el precio unitario), se debe realizar la recategorización correspondiente en el plazo establecido.
Si los límites establecidos para el régimen simplificado AGIP son superados, la persona o sociedad deberá ser recategorizada como Contribuyente Local, siempre y cuando su actividad se realice únicamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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¿Qué pasa si no se hace la recategorización?
La Recategorización del régimen simplificado AGIP es una obligación para aquellos contribuyentes que se encuentran dentro del régimen.
Si no se realiza la recategorización en los plazos establecidos, la AGIP podrá realizarla de oficio.
Es importante que la información declarada en la recategorización de AGIP sea consistente con la información declarada en la recategorización del monotributo de AFIP.
En caso de no realizar la recategorización, el contribuyente podría sufrir multas y ser incorporado al Padrón de Alto Riesgo, lo que resultaría en un aumento en la alícuota mensual que se aplica para percepciones y retenciones.
Además, en casos extremos, podrían excluir al contribuyente del Régimen Simplificado, lo que requeriría su inscripción como Contribuyente Local de C.A.B.A.
Es importante recordar que la AGIP trabaja en el cruce de información con AFIP y con otros actores públicos y privados para verificar que los contribuyentes estén correctamente categorizados de acuerdo a sus actividades, por lo que es fundamental cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes.
¿Se puede cambiar de categoría más de una vez al año?
Es posible cambiar de categoría más de una vez al año en el régimen simplificado de AGIP.
El cambio de categoría se puede realizar tres veces al año: en enero, mayo y septiembre.
Este cambio se debe hacer en caso de que se hayan modificado alguno de los parámetros que establece el régimen simplificado como requisitos, como los ingresos de los últimos 12 meses, la energía eléctrica consumida en los últimos 12 meses, la superficie afecta en la actividad o el precio unitario.
¿Cuáles son las categorías del régimen simplificado de ingresos brutos de AGIP?
A partir del 1 de enero de 2023, la tabla de categorías vigente para el régimen simplificado de ingresos brutos de AGIP se presenta a continuación.
Esta tabla es fundamental para realizar la recategorización y asegurarse de estar en la categoría correcta.
¿Cuándo hacer la recategorización del régimen simplificado AGIP?
Si necesitas recategorizarte en el régimen simplificado de AGIP, puedes hacerlo siguiendo estos sencillos pasos:
1. Ingresá a la página de AGIP utilizando tu Clave Ciudad (nivel 1 o 2).
2. ir al servicio “Ingresos Brutos”.
3. Selecciona “ISIB-Régimen Simplificado”-“Trámites de Rectificativas”-”Recategorización ISIB-RS”.
4. Hacé clic en la lupa que se encuentra al lado de tu CUIT.
5. Luego debes ir a la pestaña “Datos del trámite”.
6. Selecciona los datos correspondientes a ingresos obtenidos, la superficie afectada y la energía consumida de los 12 meses anteriores y haz clic en avanzar.
7. Verifica la información cargada y presenta para finalizar el trámite.
8. Por último, podrás imprimir el formulario de recategorización presentado.
Recorda que es importante realizar la recategorización del régimen simplificado de AGIP para mantener actualizada la información fiscal de tu negocio y evitar posibles multas. Con estos sencillos pasos podrás cumplir con este trámite de manera rápida y eficiente.
Recomendación profesional.
Es importante que todos los trámites y gestiones de AFIP, los hagas con el asesoramiento de un Contador Público, ya que puede que cometas errores. En Todo Para Monotributistas podemos ayudarte con nuestros servicios 100% online.
Si luego de leer este articulo te siguen quedando dudas sobre los tramites mencionados, te invitamos a dejar un comentario aquí abajo para que podamos ayudarte.
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