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Factura electrónica Monotributo AFIP (Guía paso a paso)

Hoy nos ocuparemos de ver en detalle todo lo que necesitas saber para emitir una factura electrónica si sos Monotributista.

Veremos los pasos que debes dar si queres  comenzar a facturar desde la web de afip.

Es necesario estar dado de alta en el régimen simplificado y contar con clave nivel 3 para poder emitir facturas electrónicas.

¿Queres empezar a hacer facturas electrónicas? Entonces la información que te daremos a continuación es para vos.

A partir del 1 de abril del 2019 se estableció la obligatoriedad de emitir facturas electrónicas por parte de Monotributistas de todas las categorías cuando realicen ventas o presten servicios a consumidores finales.

También, podrán optar por emitir comprobantes a través de un controlador fiscal, cuando realicen ventas de forma masiva a consumidores finales. Por ejemplo: Una panadería o un kiosco.

Las facturas deben realizarse por medio del servicio “Comprobantes en línea” ingresando con la clave fiscal.

Como hacer factura electronica afip

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¿Se puede emitir facturas manuales?

Todos los Monotributistas de todas las categorías, están obligados a emitir factura electrónica.

Los únicos que pueden optar por emitir factura manual son los Monotributistas Sociales, aquellos inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social y los incluidos en el Régimen de inclusión Social Y Promoción del trabajo Independiente.

Es decir, estos últimos no están obligados a emitir factura electrónica, pero pueden optar por hacerlas si así lo quieren.

En el único caso que puede emitir factura manual un Monotributista de cualquier categoría no incluido en los regímenes mencionados anteriormente, es ante eventuales inconvenientes en el funcionamiento del sistema de emisión de factura electrónica o inoperatividad de los mismos (Ejemplo: por cortes de luz o falta de internet) como comprobantes de resguardo.

Se aconseja no hacer uso excesivo de comprobantes manuales, ya que como su nombre lo indica (“comprobantes de resguardo”), solo son para casos excepcionales y de fuerza mayor.

¿Cómo habilitar factura electrónica de AFIP?

Para poder emitir por primera vez una factura electrónica, deberás tener habilitado el servicio “Comprobantes en línea” y tener dado de alta un punto de venta por cada actividad o local que tengas.

El alta en punto de venta se realiza ingresando con clave fiscal al portal de afip y agregando el servicio de administración puntos de ventas.

Una vez que tengas el punto de venta dado de alta, podrás configurar los datos del comprobante (Información del negocio, número de ingresos brutos, fecha de inicio, etc.)

Si tenés dudas sobre el tema, es recomendable que consultes con un profesional para que haga las habilitaciones como corresponde y estés tranquilo de que se haya hecho correctamente.

¿Qué tipo de factura debo emitir si soy Monotributista? ¿Qué factura debo recibir?

Deberás emitir facturas tipo “C” cuando seas Monotributista de cualquiera de las categorías y vendas productos o prestes tus servicios dentro del país. También podrás emitir remito tipo “R” en los casos que sea necesario acompañar mercadería en tránsito.

En el caso de realizar la venta de productos o prestación de servicios a otros países (Exportación), deberás emitir facturas electrónicas tipo “E”.

Con respecto a las facturas que recibe un Monotributista, antes de la sanción de la ley 27.618, dependía de la situación fiscal del proveedor/ vendedor con el que se realizaba la operación.

Si quien emitía la factura era un Responsable Inscripto, debía emitir una factura tipo “B”. 

Pero con la reforma de la ley, ahora los Responsables Inscriptos estarán obligados a discriminar el IVA por las compras que le realicen los Monotributistas y deberán emitir Factura tipo “A”.

Esto se esta adecuando de a poco para que los sistemas de AFIP funcionen de acuerdo a la nueva ley de Monotributo.

En cambio, si quien emite la factura es un Monotributista, Sujeto exento o no inscripto, emitirá una factura tipo “C”.

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¿Cómo se hace una factura electrónica?

Para emitir facturas electrónicas como Monotributista, tenés tres opciones:

1) Por medio de WebServices.

2) Servicio con clave fiscal “Comprobantes en línea”.

3) La aplicación para Tablet o celular “Facturador Móvil“.

Aquí te dejamos un vídeo tutorial donde te explicamos paso a paso como hacer una factura electrónica con la forma número 2.

Montos a partir de los cuales es obligatorio informar los datos del consumidor final en la factura electrónica a partir de enero 2023:

La AFIP actualizó los importes para las operaciones con consumidores finales a partir de los cuales se deben informar los datos de identificación del comprador cuando se emite una factura.

Se debe identificarse al adquirente cuando el importe de la operación (venta o prestación de servicios) sea igual o superior a $ 61.534.- y sea cancelada con medios electrónicos (tarjetas de crédito, transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina).

Cuando la operación sea por un importe superior a $30.767.- y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.

Se deberán consignar en la factura los siguientes datos:

  • Apellido y nombres
  • Domicilio
  • CUIT, CUIL, CDI o, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI)

¿Se puede anular una factura electrónica?

Antes cuando las facturas se realizaban de forma manual, era fácil anular una factura mal hecha o equivocada. Simplemente se anulaba y luego se hacia la factura como correspondía.

Pero ahora que todas las facturas deben realizarse de forma electrónica, ya no se puede tachar y hacerla nuevamente. Entonces a muchos les surge la duda ¿Cómo se anula una factura electrónica si me equivoque?

Puede que hayas facturado por un monto mayor al que correspondía o que haya ocurrido lo contrario. O simplemente necesitas anular la factura por completo porque no se realizó la operación.

Para poder anular una factura electrónica deberás emitir una Nota de Crédito o Nota de Débito, según corresponda. Es decir, si hiciste una factura por un valor mayor al que correspondía deberás hacer una nota de crédito. Mientras que si hiciste una factura por un valor menor al que debías facturar, deberás hacer una nota de débito para agregar el monto que falto.

En la Nota de Crédito o Nota de débito, tendrás que informar los datos de la factura original que se pretende anular, considerándolo como un comprobante asociado al que se está emitiendo.

En caso de querer saber cómo hacer una nota de crédito, te dejamos un enlace a otro post donde encontrara el tutorial.

¿Cómo imprimir una factura electrónica hecha?

Para imprimirla, simplemente deberás completar el procedimiento que explicamos en el tutorial paso a paso de como emitir una factura electrónica y al final presionar el botón “imprimir”. Te dejamos el tutorial para que puedas consultarlo en este enlace.

¿Por cuánto tiempo se deben conservar las facturas emitidas y recibidos?

Es obligatorio conservar los comprobantes tanto emitidos como recibidos que respalden las operaciones de la actividad realizada, por un término de hasta 5 años después de operada la prescripción del periodo fiscal a que se refiere.

¿Cómo consultar una factura hecha con anterioridad?

Para consultar todas las facturas hechas, tendrás que ingresar con tu clave fiscal al portal de AFIP e ingresar al servicio “Comprobantes en línea”. Luego hacer clic en tu nombre para que se abra el menú de opciones.

Una vez que aparezcan todas las opciones, debes hacer clic en “consultar facturas” y completar la fecha de emisión y los datos de las facturas que querés consultar.

Por último, debes hacer clic en el botón “buscar” y te devolverá como resultado un listado con las facturas del periodo seleccionado. Para abrir una factura, le haces clic en el botón “ver” y se descargara automáticamente en tu computadora o dispositivo.

Para poder visualizarla, tenés que tener instalado un programa lector de archivos en PDF, como el Adobe Acrobat Reader.

¿Hay un monto máximo por factura?

No existe un límite en el monto para hacer una factura, siempre que no se supere los limites anuales de la última categoría, porque esto haría que quedes excluido del régimen simplificado (Monotributo).

En el único caso donde tenés un tope máximo para emitir una factura como Monotributista, es cuando vendas bienes muebles (Productos). El precio unitario de venta de cualquier producto que vendas, no puede superar los $ 85.627,66, ya que si no quedarías excluido del Monotributo.

En el caso de prestación de servicios, no aplica este tope en el precio unitario.

¿Cuál es el límite de facturación anual para cada categoría de Monotributo 2023?

Aquí te dejamos un cuadro con el tope máximo de facturación anual de cada categoría y el tope máximo aproximado de facturación mensual.

En el caso de que haya habido meses en los que se facturo más del límite mensual, no implica que tengas que cambiar de categoría. Puede pasar que haya meses en los que no facturaste o facturaste menos del tope mensual.

El límite que fija AFIP es ANUAL. Por lo tanto, deberás controlar todos los meses lo que hayas facturado en los 12 meses anteriores para saber si te excedes de tu categoría o si quedas excluido del régimen de Monotributo.

Tabla categorias monotributo 2023

¿Qué pasa si se excede el límite de facturación anual en una categoría?

En el régimen simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo), hay dos instancias en el año en las que se debe hacer la “recategorización” semestral. La primera es en enero y la segunda en Julio.

En enero se deberá tener en cuenta los montos facturados desde el 1° enero al 31° diciembre del año anterior. Mientras que, en la recategorización de Julio, se deberá tener en cuenta lo facturado desde el 1° de julio del año anterior al 30° de junio del año actual.

Si en los meses de recategorización, tu facturación excede del monto límite para tu categoría, deberás recategorizarte a la categoría que corresponda. También puede suceder que tu facturación sea mucho menor al tope límite de tu categoría y tal vez corresponda bajarte de categoría, por lo que también deberás recategorizarte.

Por otro lado, si llegaras a superar el límite máximo de facturación para la última categoría (Para ventas de productos es $8.040.721,19 y para prestación de servicios el tope es $5.650.236,51), vas a quedar excluido del Monotributo por no cumplir con los parámetros establecidos en dicho régimen.

En este último caso, deberás inscribirte como responsable inscripto en el Régimen General o podrías ser recategorizado de oficio por AFIP al régimen general.

Para mas información sobre Recategorizaciones de monotributo ingresa al siguiente articulo donde hablamos en detalle del tema.

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