¿Interesado en conocer las últimas actualizaciones sobre facturas a consumidor final?
A partir del 15 de enero, la AFIP ha realizado modificaciones en los importes límites que requieren la identificación del cliente al emitir facturas según lo establecido en la RG 4444/19.
Estos montos se actualizan semestralmente, basados en el IPC (Índice de Precios al Consumidor Nivel General) publicado por el INDEC.
Descubrí en nuestro artículo cuáles son estos nuevos importes y qué implican para tu negocio.
¡Sigue leyendo para mantenerte al día con los cambios en la facturación a consumidor final!
Contenidos de esta publicación
- Tope límite a tener en cuenta al emitir facturas a consumidor final.
- ¿Qué datos del cliente que se deben informar en la factura?
- ¿Queres dejar de depender de alguien para hacer tus facturas electrónicas? ¿Te gustaría tener un mayor control de lo que facturas con tu negocio?
- ¿Qué operaciones que se consideran canceladas con medios electrónicos?
- ¿Qué operaciones no se consideran cobradas a través de medios electrónicos?
- ¿Qué condición de venta elegir cuando se cobra por transferencia?
- Recomendación profesional:
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Tope límite a tener en cuenta al emitir facturas a consumidor final.
Al emitir facturas a consumidor final, es crucial tener en cuenta los topes límites establecidos por la AFIP.
Cuando la operación con consumidores finales alcance o supere los $95.812 y no se utilicen medios electrónicos de pago autorizados (Pago en efectivo), se debe identificar al cliente.
Por otro lado, si el importe es igual o superior a $191.624 y se cancela con medios electrónicos autorizados por el BCRA como tarjetas de crédito o transferencias, también es necesario identificar al comprador.
Estos límites son determinantes para cumplir con las regulaciones fiscales y realizar una correcta facturación.
¿Qué datos del cliente que se deben informar en la factura?
Cuando emitimos facturas a consumidor final y el importe de la operación alcanza o supera los montos establecidos, es crucial informar ciertos datos del cliente para cumplir con las regulaciones fiscales.
En estos casos, se deben consignar elementos vitales, como el apellido y nombres, domicilio, CUIT, CUIL, CDI o, en su defecto, el número de documento de identidad (LE, LC, DNI) o pasaporte para extranjeros.
Estos detalles son esenciales para garantizar la transparencia y el cumplimiento normativo en las transacciones comerciales.
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¿Qué operaciones que se consideran canceladas con medios electrónicos?
Al abordar las facturas a consumidor final, es esencial comprender qué operaciones se consideran canceladas mediante medios electrónicos, según el sistema “Comprobantes en Línea” de la AFIP.
Cuando seleccionamos ciertas opciones en las condiciones de venta, la transacción se clasifica como realizada a través de medios electrónicos.
Estas opciones incluyen el pago con tarjeta de débito, tarjeta de crédito, cuenta corriente, cheque o tiquet.
Este criterio determina la necesidad de identificación del cliente, siendo vital comprender cómo las distintas formas de pago afectan el cumplimiento normativo en la emisión de facturas.
Mantenerse informado sobre estos detalles es clave para una gestión fiscal efectiva.
¿Qué operaciones no se consideran cobradas a través de medios electrónicos?
En el contexto de las facturas a consumidor final, es fundamental comprender qué operaciones no se consideran cobradas mediante medios electrónicos, según el sistema “Comprobantes en Línea” de AFIP.
Cuando elegimos ciertas opciones como condiciones de venta, se establece que la transacción no se realiza a través de medios electrónicos.
Estas opciones incluyen el pago al contado o cualquier otra forma de pago que no esté vinculada directamente a medios electrónicos.
Esencialmente, entender estas distinciones es crucial para determinar la necesidad de identificación del cliente y asegurar el cumplimiento normativo en la emisión de facturas.
Si queres saber más sobre facturación electrónica, te dejamos otro artículo donde preparamos una guía completa de facturación para monotributistas.
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¿Qué condición de venta elegir cuando se cobra por transferencia?
Al emitir facturas a consumidor final y considerar la opción de “transferencia” en el servicio “Comprobantes en Línea”, surgen preguntas comunes. Tras consultar con la AFIP, identificamos dos soluciones viables:
1) Elegir la opción “otra” en “condición de venta” y detallar en el comprobante que el pago se efectuó mediante transferencia bancaria.
Sin embargo, esta elección tiene un inconveniente, ya que el límite para informar datos del cliente es $95.812, en lugar de $191.624, que correspondería a un medio electrónico.
2) Optar por seleccionar la opción “Cuenta Corriente” para tener el límite correcto de $191.624 y agregar una aclaración en el comprobante indicando que el pago fue mediante transferencia bancaria.
Esta estrategia garantiza la adecuada identificación del cliente y el cumplimiento normativo en la emisión de facturas.
Si queres profundizar más sobre como emitir una factura electrónia, en el siguiente artículo podes encontrar más información: “Cómo hacer una factura electrónica si sos monotributista“.
Recomendación profesional:
Es importante que todos los trámites y gestiones de AFIP, los hagas con el asesoramiento de un Contador Público, ya que puede que cometas errores. En Todo Para Monotributistas podemos ayudarte con nuestros servicios 100% online.
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