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Cómo hacer la recategorización de Monotributo [Guía paso a paso]

Como todos los años, los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), deben realizar en enero y julio, la recategorización semestral.

En ella se debe informar los parámetros para verificar si continúan en la misma categoría o si, por el contrario, deben cambiarla.

¿Necesitas hacer la Recategorización de Monotributo? ¡No te preocupes!

En este articulo vamos a explicarte todo lo que necesitas saber para realizar la recategorización de monotributo en 2023.

La recategorización es un trámite que deben realizar todos los contribuyentes inscriptos en Monotributo, dos veces al año de forma semestral en enero y Julio.

Esta presentación tiene carácter de declaración jurada, por lo tanto, no se puede colocar información errónea o incorrecta.

En este procedimiento, se debe informar: Ingresos brutos anuales, consumo de energía eléctrica, alquileres devengados en el año y metros cuadrados de superficie afectada por el local, en caso de corresponder.

Se deberá verificar si se cumple con los límites establecidos para cada categoría (Según la tabla de categorías vigente), para confirmar la categoría o modificarla en caso de corresponder.

Es decir, para realizar la recategorización, se debe comparar los parámetros de los últimos 12 meses anteriores a la fecha de la recategorización, con la tabla 2023.

Periodos a considerar en cada recategorización de Monotributo 2023.

Se deben considerar para realizar la recategorización de Monotributo, los últimos 12 meses anteriores a la fecha en la que se está realizando la recategorización.

Por ejemplo, si se trata de la Recategorización de enero 2023, se deberá tener en cuenta los parámetros referidos al periodo enero 2022 hasta diciembre 2022.

En cambio, si la recategorización es en Julio del 2023, se deberá considerar los parámetros desde Julio/2022 hasta junio 2023.

¿Cuándo hacer la recategorización en 2023?

La recategorización de Monotributo debe realizarse dos veces al año de forma semestral, en enero la primera y en julio la segunda.

El vencimiento de la recategorización, generalmente es del 1 al 20 de enero, en el caso de la primera del año y del 1 al 20 de julio, para la segunda.

Recategorización enero 2023: Con motivo del mal funcionamiento del servicio “Monotributo” en el portal de AFIP, el organismo decidió prorrogar las recategorizaciones hasta el 27/01/2023.

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Parámetros a tener en cuenta al momento de la recategorización.

Para realizar la recategorizacion de Monotributo hay que hacer un análisis y control de los siguientes parámetros:

  1. Ingresos brutos anuales generados en los últimos 12 meses anteriores a la fecha de la recategorización, por ventas o servicios prestados.
  2. La energía eléctrica consumida, para el desarrollo de la actividad, según lo que resulte de las facturas de luz de los últimos 12 meses anteriores.
  3. En caso de alquilar el local donde se desarrolla la actividad, el monto anual de alquileres que el contribuyente pago en los últimos 12 meses anteriores.
  4. Superficie afectada del local. Se debe tener en cuenta los metros cuadrados que tiene el local para verificar que corresponde o no a la categoría en la que se encuentra.

Si queres consultar los requisitos para inscribirse en monotributo y permanecer en el regimen, te dejamos otro articulo donde hablamos mas detalladamente de ese tema.

Ingresos a considerar en la recategorización.

Se deben considerar los Ingresos facturados en los 12 meses anteriores a la fecha de recategorización.

Por ejemplo, en la recategorización de julio se deben tener en cuenta todas las ventas facturadas desde el 1/07/2022 hasta el 30/06/2023.

Cuando hagas la recategorización, te va a aparecer un resumen de los datos que figuran en AFIP “nuestra parte”.

La AFIP tiene la información de lo que facturaste durante el año, porque las ventas se facturan de forma electrónica.

Además, hace cruce de información con entidades financieras para saber un estimado de las compras con tarjetas de crédito y débito, el dinero que tenías depositado en tus cuentas bancarias, si compraste dólares, automotores o inmuebles, y toda la información patrimonial y económica del año.

Por lo tanto, en la recategorización, hay que declarar todas las ventas realizadas por cualquier medio de cobro.

Es decir, se debe declarar ventas en efectivo, Transferencias bancarias, con tarjetas de crédito o débito, billeteras virtuales, etc.

Ninguna venta por medios digitales puede estar sin su respectivo comprobante.

Los depósitos recibidos en cuentas bancarias o cobros por medio de billeteras virtuales deben coincidir con los montos facturados.

¿Cuándo corresponde bajar o subir de categoría?

Se debe modificar la categoría, cuando alguno de los parámetros (Ingresos brutos, Energía eléctrica, Superficie afectada, Alquileres devengados) hayan cambiado.

Cuando los ingresos brutos de los últimos 12 meses superen el monto límite establecido para permanecer en la categoría en la que se encuentra, se deberá subir de categoría, en función a lo facturado.

Por el contrario, en el caso de que se verifique que los ingresos brutos anuales sean inferiores al monto límite establecido para la categoría actual, corresponderá bajarse a la que corresponda, según lo facturado.

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¿A partir de cuándo se paga monotributo con la nueva categoría?

Si como resultado de la recategorización debiera modificar la categoría, se comenzará a pagar con la nueva categoría a partir del mes inmediato siguiente al de la recategorización.

Es decir, en la recategorización de enero, corresponde empezar a pagar con el nuevo monto a partir de febrero y en la recategorización de julio, corresponde pagar el nuevo monto a partir de agosto.

¿Hay que hacer la recategorización cuando se tiene menos de 6 meses de actividad?

La ley establece que no están obligados a realizar la recategorización cuando no haya transcurrido un semestre calendario completo.

Quienes tengan una antiguedad de más de 6 meses, estan obligados a realizarla.

Si se tiene menos de 1 año de actividad ¿Cómo se calculan los ingresos?

Si tenes seis (6) meses en el régimen y menos de doce (12) meses, debes proceder a anualizar los ingresos brutos obtenidos, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados en dicho período, a efectos de confirmar tu categoría o determinar tu recategorización o exclusión del régimen, de acuerdo con las cifras obtenidas.

Para anualizar los ingresos brutos, deberás tomar el total de ingresos facturados en el total de meses del año y dividirlo por los meses que tuviste actividad. Ese resultado luego se multiplica por 12.

Por ejemplo, si trabajaste 6 meses del año y facturaste $350.000.- en total en ese periodo. Para anualizar esos ingresos deberás realizar el siguiente calculo: $350.000.- / 6 meses trabajados x 12 meses = $700.000.-

Lo mismo deberás realizar con el resto de los parámetros que hay que considerar en la recategorización de monotributo.

¿Qué escala tener en cuenta para la recategorizacion de Monotributo en enero 2023?

La escala que se deberá tener en cuenta para realizar la recategorización en enero, es la escala aprobada por AFIP y que tendrá vigencia a partir de enero del 2023.

Escala vigente desde enero/23 hasta junio/23.

Ser monotributista. Tabla de categorias monotributo 2023

Nueva escala a partir de julio del 2023.

La nueva escala de categorías aprobada por Afip vigente desde julio hasta diciembre del 2023:

Ser monotributista. Tabla de categorias monotributo 2023

¿Cómo hacer la recategorización semestral de Monotributo?

Para realizar la recategorización semestral, se debe tener previamente un control de lo facturado y del resto de los parámetros que establece el régimen de monotributo como límites y requisitos.

Una vez hecho el trabajo previo, deberás seguir estos pasos:

1. Primero, debes Ingresar al portal de AFIP www.afip.gov.ar y acceder con CUIT y clave fiscal.

2. Luego, accede a la opción “Monotributo”.

3. Para comenzar el proceso de recategorización, debes seleccionar la opción “Recategorizarme”.

4. A continuación, se visualizarán los datos que AFIP tiene sobre tu situación, solo a título informativo.

Informacion en afip recategorizacion monotributo 2023
Ejemplo de como aparece en la pagina de AFIP la información del monotributista en el proceso de recategorización.

Importante: Previamente se debe hacer un control exhaustivo de todos los parámetros, para declarar lo que corresponde. La presentación de la recategorizacion tiene carácter de declaración jurada.

Se deberá presionar “continuar recategorización” para ir a la siguiente pantalla.

5. Luego, el sistema solicita ingresar el monto facturado en los últimos 12 meses. También se deberán informar el resto de los parámetros (energía eléctrica, superficie, alquileres) en caso de corresponder.

Una vez terminado el procedimiento, el sistema indicara si corresponde modificar la categoría o no.

Es recomendable que este trámite sea realizado con el asesoramiento de un profesional contador público. Un error puede traer consecuencias costosas y sanciones por parte de Afip.

Consecuencias de no hacer la recategorización.

Si AFIP detecta que no se hizo la recategorización cuando se debía hacer, el organismo lo hará de oficio.

Además, se obligará al contribuyente a abonar los nuevos montos de forma retroactiva (a la fecha en que hubiera correspondido comenzar a pagar la nueva categoría) y pagar una multa del 50% de lo que le hubiera correspondido pagar.

Igual sanción corresponderá cuando las declaraciones juradas —categorizadoras o recategorizadoras— presentadas resultaren inexactas, porque no concuerden con la información que AFIP tiene.

Recategorización de oficio: ¿Cuándo ocurre?

La recategorización de oficio ocurre cuando el monotributista no realiza la recategorización semestral dentro del periodo establecido por la AFIP y hubiera correspondido hacerlo.

Es decir, cuando AFIP detecta que de acuerdo a los parámetros (facturación, compras, alquileres devengados, etc.) que figuran en su sistema, correspondía subir de categoría o quedar excluido del régimen por haber excedido los topes anuales y no se informó correctamente en la declaración jurada.

Por ejemplo, si un monotributista realiza la recategorización, pero informa una facturación inferior a la que correspondía. Otro caso es cuando el contribuyente no hace la recategorización y correspondía que informara una categoría mayor según la información que tiene AFIP.

¿Qué hacer cuando te recategorizaron de oficio?

Si AFIP realiza la recategorización de oficio y de acuerdo a la información resulta que hubiera correspondido pero el contribuyente omitió realizarla o la hizo erróneamente, corresponderá pagar las sanciones que aplique el organismo.

En caso de que tengas información que demuestra lo contrario, podrás presentar un recurso de apelación dentro de los 15 días siguientes a que AFIP te informe por domicilio fiscal electrónico el motivo de la Recategorización de oficio. Para ello deberás presentar las pruebas que demuestren que no correspondía la recategorización.

Podrás acceder a más información sobre los motivos de la recategorización de oficio en el servicio “Monotributo – Recategorización de Oficio – (MOREO)”.

Si queres profundizar sobre este tema, te dejamos el siguiente articulo: “Recategorización de oficio: ¿Que es y que hacer?“.

Exclusión de Monotributo y pase a responsable Inscripto.

Un monotributista quedara excluido del régimen, cuando AFIP detecte que se excedió de los parámetros máximos establecidos para la última categoría según la tabla vigente.

Los controles se deben realizar todos los meses y no solo en el mes de recategorización, ya que la exclusión aplica desde el mismo día en que se verifique que el contribuyente excedió los parámetros.

Para controlar lo facturado hasta junio, se debe hacer el control con la tabla vigente desde enero a junio del 2023, para ver si no queda excluido del régimen.

En el caso de venta de bienes el tope máximo esta dado por la categoría K ($8.040.721,19 según escala vigente hasta junio/23), mientras que para la prestación de servicios el tope máximo está dado por la categoría H ($5.650.236,51 según escala vigente hasta junio/23).

Para controlar los meses desde julio en adelante, se deberán tener en cuenta los parámetros de la tabla vigente a partir de julio del 2023. En el caso de venta de bienes el tope límite de la categoría K es de $11.379.612,01, y en el caso de la prestación de servicios el tope límite de la categoría H es de $7.996.484,12.

Si el contribuyente queda excluido del régimen simplificado, deberá inscribirse en el Régimen General y comenzará a pagar IVA, Autónomos e Impuesto a las ganancias.

Monotributo social: ¿Hay que hacer la recategorización?

No, si sos Monotributista social no corresponde hacer la recategorización.

Este trámite solo es obligatorio para quienes estén inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

Recomendación profesional:

Es importante que todos los trámites y gestiones de AFIP, los hagas con el asesoramiento de un Contador Público, ya que puede que cometas errores. En Todo Para Monotributistas podemos ayudarte con nuestros servicios 100% online.

Si luego de leer este articulo te siguen quedando dudas sobre los tramites mencionados, te invitamos a dejar un comentario aquí abajo para que podamos ayudarte.

También podés realizar una consulta para que un contador del equipo te responda de forma personalizada.

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